A las empresas que envían mercancías amparadas bajo el decreto 29-89 y que requieren una declaración para realizar descargas de cuenta corriente de la OPA; hacemos de su conocimiento que mediante la Resolución Instancia Ministerial UA No. 54-2019: las autoridades acordaron ampliar nuevamente el plazo para el uso obligatorio de la FYDUCA -R para el 1 de octubre de 2019. En los próximos días estarán publicando en el Diario oficial la Resolución de la Instancia Ministerial con los detalles de la prórroga. Lo anterior significa, que las operaciones de empresas amparadas al Decreto 29-89 hacia Honduras, continuarán realizándose con FAUCA o DUCA F cuando este último entre en vigencia el próximo 1 de abril.
Como es de su conocimiento mediante la Resolución Instancia Ministerial UA No. 42– 2018, se aprobó el procedimiento para amparar con la FYDUCA-R, las transferencias y adquisiciones de mercancías con libre circulación bajo regímenes especiales del 29-89. Sin embargo, las autoridades aún se encuentran trabajando en la operatividad de esta modalidad de FYDUCA. La Superintendencia de Administración Tributaria y el Ministerio de Economía mantienen el compromiso de realizar capacitaciones sobre el procedimiento para su uso en cuanto concluyan los trabajos pendientes.
Finalmente recordamos que la Ventanilla Única para las Exportaciones –VUPE- y la Oficina de Perfeccionamiento Activo -OPA- continúa operando con normalidad los trámites para las exportaciones de productos a Honduras bajo el Decreto 29-89. Para cualquier duda sobre los procedimientos de la Unión Aduanera puede comunicarse al 24223535 o enviar con correo electrónico a [email protected]
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